La Sentencia núm. 702/2019 de 27 mayo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección 5ª, Recurso de Casación núm. 4461/2017, dice que el apartado 1 del artículo 130 del Reglamento de la Ley de Extranjería 4/2000, “es un claro ejemplo de una norma oscura que dificulta una respuesta segura a la hora de su aplicación”, lo que ha provocado una disparidad de criterios exteriorizada por distintos órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa y señala que siendo la finalidad de estas autorizaciones responder a las situaciones de excepcionalidad, “su plazo de vigencia no puede ser otro que aquel en el que perdura la situación de excepcionalidad”.