Abogados Derecho Penitenciario

SOMOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO PENITENCIARIO

En el peor de los casos en que el cliente tenga que ingresar en prisión, no le dejamos nunca abandonado. Nunca está todo perdido. Nuestro despacho, puede conseguir múltiples soluciones, manejando la ley para obtener su libertad lo más rápido posible.

En el despacho de abogados Lazarraga & Hinojosa llevaremos el tratamiento penitenciario consiguiendo permisos ordinarios de salida, para lo cual deberá reunir una serie de requisitos:

  • De carácter objetivo
    • Estar clasificado en 2º o 3º grado de tratamiento
    • Tener la cuarta parte de la condena cumplida.
    • No observar mala conducta.
    • Informe preceptivo del Equipo Técnico (no vinculante).
  • De carácter subjetivo:
    • Que no resulte probable el quebrantamiento de condena.
    • Que no sea previsible la comisión de nuevos delitos.
    • Que el permiso pueda tener una repercusión negativa en el programa individualizado de tratamiento.

Una vez en prisión, tiene derecho a ser progresado de grado. Obtendremos el tercer grado, con lo que tan solo tendrá que ir al centro penitenciario a dormir por la noche, pudiendo salir durante el día y los fines de semanas completos.

Recurrimos las decisiones de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario ante el juzgado de Vigilancia penitenciaria competente.

También podemos obtener la Libertad Condicional (artículo 90 del Código Penal) en los numerosos casos establecidos:

1)

  1. Que se encuentre clasificado en tercer grado
  2. Que haya extinguido las terceras partes de la pena impuesta
  3. que haya observado buena conducta.

2) Que los penados hayan desarrollado actividades laborales, culturales y ocupacionales.

3)

  1. Que los penados se encuentren cumpliendo su primera condena y no supere los tres años
  2. Que hayan extinguido la mitad de la condena

El despacho de abogados Lazarraga & Hinojosa puede también obtener la Libertad Condicional, tal y como establece el artículo 90 del Código Penal.

En los casos difíciles en los que el cliente tenga numerosas condenas, este despacho de abogados le solicitará lo que comúnmente se conoce como el “Triple de la Mayor”, que viene regulada el artículo 76 del Código Penal, como así hemos hecho en casos tan mediáticos como el de Julián Muñoz, en el que le acumulamos un centenar de procedimientos contra la ordenación del territorio, cumpliendo el triple de la mayor de las penas impuestas y extinguiendo las demás, obteniendo la libertad total.

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